

Rubén Flores Quintero
Secretario General de la Sección 24
“Conciliación y Arbitraje, Delegaciones e Instituto de la Mujer”
2018 - 2022
Historia de la Creación de la Junta de Conciliación y Arbitraje
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 en su artículo 123, fracción XX, instituyó las Juntas de Conciliación y Arbitraje como órganos públicos para resolver las diferencias o conflictos entre el capital y el trabajo.
El Presidente Carranza expidió el decreto de ley de las Juntas de Conciliación y Arbitraje para el Distrito Federal, que entró en vigor el 27 de noviembre de 1917, en la que se establecían las bases para la elección y designación de representantes ante las mismas. Asimismo se creó con carácter provisional la Junta Central de Conciliación y Arbitraje en el Distrito Federal, y se publicó el 3 de enero de 1918 en el Diario Oficial.
En el año de 1919, se constituye la Junta Central, que operó de manera irregular por casi siete años.
El 20 de marzo de 1926 se publica en el Diario Oficial el Reglamento de la Junta de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, que dispuso la creación de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y una Junta de Conciliación en cada una de las cabeceras de los municipios que conformaban el Distrito Federal.
Así, la Junta de Conciliación y Arbitraje realizaba aun actividades públicas de manera irregular como dependencia del Gobierno del Distrito Federal.
Cuando se expide la Ley Federal del Trabajo de 1931, se instaura legalmente la Junta Central de Conciliación y Arbitraje.
El primero de mayo de 1970 nace la nueva Ley Federal del Trabajo, que en su artículo 9° transitorio establece la obligación de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, de los Gobernadores de los Estados y territorios y del entonces Jefe del Departamento del Distrito Federal, de reorganizar en un término de 3 meses las Juntas de Conciliación y Arbitraje. De esta forma el primero de octubre de 1970, se publica en el Diario Oficial la convocatoria para la elección de representantes de los trabajadores y patrones ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y ante el jurado de responsabilidades. Consecuentemente la Junta Central, que hasta entonces funcionaba, se transforma en la actual Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal.
A la fecha, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal se conforma con 17 juntas especiales y 6 Direcciones Generales Jurídicas para atender los conflictos individuales y colectivos que se suscitan entre los trabajadores y patrones de esta ciudad.
El 18 de abril de 2000 se expide por el pleno de la Junta el Reglamento Interior de esta institución, que reitera el espíritu del constituyente, determinando la naturaleza jurídica del tribunal como un organismo autónomo e independiente, cuya finalidad es el conocimiento, tramitación y resolución de los conflictos que se susciten entre trabajadores y patrones, sólo entre estos o sólo entre aquéllos y derivados de las relaciones de trabajo de jurisdicción local en el Distrito Federal.
Los trabajadores de la sección 24 “Conciliación y Arbitraje, Delegaciones e Instituto de la Mujer”
La junta de Conciliación y Arbitraje cuenta con 17 juntas locales, en las cuales se atienden todas las instancias laborales de la ciudad de México, con un horario de lunes a jueves de 8:00 a 15:00 horas y los días viernes de 8:00 a 14:00 horas.
Para que esta institución realice un buen funcionamiento, se cuenta con trabajadores que están adscritos a diferentes áreas, sus principales funciones son:
Estenógrafas: Se encuentran en Audiencias y en la Secretaría de Acuerdos; en la primera son las encargadas de llevar todas las audiencias que se realizan en todo el día y en la Secretaría de Acuerdos, desarrollan la misma función. Trabajan en las 17 juntas locales adscritas a la institución. Además elaboran los convenios, desistimientos, procesales, exhortos y un boletín.
Actuarios: Son los encargados de llevar los citatorios y notificaciones a las partes integrantes del juicio, que son: la parte actora y la parte demandada.
Oficialía de Partes: Es el primer filtro de la Junta de Conciliación y Arbitraje, ya que son ellos los que reciben las demandas, las huelgas y todo lo relacionado con los juicios laborales.
Archivistas: Cada Junta cuenta con archivistas, ellos son los encargados de llevar de 3,000 a 5,000 archivos anuales por junta, además de tener la obligación de estar al pendiente para la entrega de las audiencias y demás procesos.
Choferes: Se encargan de trasladar a los actuarios por toda la ciudad para que se entreguen las notificaciones. Hay días que hacen recorridos por todos los puntos cardinales de la ciudad.
Informática: Son los principales responsables del buen funcionamiento del equipo de cómputo que ocupa el personal de las Juntas. Labor muy funcional, ya que sin su ayuda, se retrasarían las audiencias.
Mantenimiento: Son los compañeros encargados atender todos los detalles en relación de las instalaciones de la Junta de Conciliación y Arbitraje, se cuenta con compañeros especializados en plomería, carpintería, electricidad y albañilería.
Las 17 juntas que integran La Junta de Conciliación y Arbitraje, están especializadas en diferentes procesos, pero es necesario mencionar que su trabajo ha sido totalmente rebasado. Cada junta aproximadamente recibe 3,000 demandas anuales y se realizan diariamente más de 60 audiencias.
Las audiencias empiezan a partir de las 9:00 horas y terminan a las 13:00 horas, se llevan a cabo cada media hora, es por eso que se agravan muchas veces los procesos. Existen muchas instancias y procesos dentro de esta rama del derecho, pero para evitar algunos procesos largos, existen figuras legales que ayudan a los trabajadores de la sección 24 a realizar una labor más rápida y eficaz, como por ejemplo:
Convenios: Son aquellos acuerdos económicos favorables para el demandante y en el que las partes integrantes del juicio convienen en darlo por terminado, este se da por medio de la Secretaría de Acuerdos de la Junta de Conciliación y Arbitraje.
Desistimiento: Es la renuncia total por parte del demandante o actor, de seguir con el procedimiento del juicio.
Paro Procesal: Es una recisión que se estipula en un acta, con lo que se deja pendiente el proceso por ambas partes.
Exhorto: Son los oficios que se redactan para cambiar el proceso que se lleva en una junta local a una junta foránea, para que esta se haga cargo del proceso.
Para realizar un proceso laboral, se tiene que presentar la demanda a Oficialía de Partes, una vez recibida, se turna a una junta, se registra y se le da un número de expediente al compañero de oficialía de partes; posteriormente se turna con el Secretario de Acuerdos que señala su fecha de audiencia, se le entrega la notificación al actuario para que entregue la misma a las partes interesadas y se turna a la sala de audiencias con los auxiliares, finalmente se designa a una estenógrafa la audiencia que le corresponda y de ahí se lleva todo el proceso. Todos los procesos se pueden llegar a tardar un año o dos, algunos de ellos por las dificultades que lleguen a presentar una o ambas partes, puede tardar más tiempo.
Cabe mencionar que cada junta integrante se encarga de hacer un boletín para especificar la realización de próximas audiencias y de dar informes respecto a las mismas, es decir, cada presidente encargado de la Junta, notifica cuantas audiencias han concluido y cuantas son las pendientes, así como el informe de los desistimientos o los juicios por rebeldía.
Rebeldía: Es el proceso en el cual una de las partes no comparece en la audiencia, esta se lleva a cabo sin importar la ausencia y se levanta un laudo especificando esta característica.
Hay tres tipos de laudos:
Condenatorio: Es aquel en el cual se le exhorta al patrón o empresa a realizar un pago económico al trabajador.
Absolutorio: Es aquel en el cual el trabajador no pudo comprobar las pruebas suficientes y se absuelve a la empresa de sus obligaciones.
Mixto: Se absuelve a la empresa de algunas obligaciones y prestaciones, pero la condena a cubrir otras.
Cuando varios trabajadores cuentan con un total desentendimiento con la empresa, tienen el derecho de huelga, y para que esta sea procedente es necesario presentar una Demanda de Huelga. Es un proceso muy difícil, ya que intervienen muchos Sindicatos, el Departamento de Huelga regularmente tiene mucho trabajo, pero finalmente los compañeros son los que sacan adelante todo este procedimiento.
Experiencia o Capacitación requerida por los trabajadores de la Sección 24, para desempeñar cada una de sus funciones
"Por ejemplo, los compañeros archivistas y los que integran Oficialía de Partes, requieren conocimientos para organizar y crear bases de datos para la pronta localización de los archivos. Las compañeras estenógrafas, conocimientos de paquetería Office como Word, Excel y otros programas. Los compañeros actuarios, deben de estar cursando cuando menos el sexto semestre de la carrera de derecho, ya que requieren de conocimientos legales. Los compañeros que integran el Departamento de Informática, deben de conocer toda la paquetería de Windows. Los compañeros del área de mantenimiento, tienen que tener diversos oficios como lo son: la plomería, la carpintería, la electricidad, la albañilería, entre otros. Los choferes, prácticamente tienen que conocer la ciudad y saber manejar bien."
¿Por qué los trabajadores de la Sección 24 son fundamentales para el servicio de la Ciudad de México?
"Son esenciales para que se pueda dar la impartición de Justica y se dé solución a todos los Juicios Laborales. Por ejemplo, para buscar un expediente o archivo, si no se encontrara la persona que normalmente lo localiza, empezaríamos con el caos. Si no estuvieran las compañeras estenógrafas, pues no se llevarían a cabo las audiencias, al no haber quien designe las demandas. Si no hubiera actuarios, no se podrían entregar las notificaciones. Si no estuvieran los compañeros trabajadores de mantenimiento, pues todas las instalaciones estarían en mal estado y en deterioro permanente.
Todos los agremiados de la Sección 24 “Conciliación y Arbitraje” son sumamente importantes para el buen funcionamiento de la institución. Es muy valioso el trabajo desde los compañeros que están en Oficialía de Partes como el de los compañeros Actuarios, como los compañeros de mantenimiento, las compañeras estenógrafas. Para nosotros no hay el que vale más y el que vale menos, todos realizan una labor loable y muy importante."
Las principales problemáticas que enfrentan los trabajadores de la Sección 24
El problema principal es la carencia de personal. El trabajo actualmente nos está rebasando, señala la Secretaria General. Es un desgaste para nuestros trabajadores, ya que ellos harán un trabajo que deben hacer tres personas en conjunto, muchas veces aunque haya concluido el horario de trabajo, que termina a las 15:00 horas, están saliendo a las 18:00 o 19:00 horas. Nunca se ha tenido una mala actitud y nunca dejan el trabajo a medias, siempre están al pie del cañón, realizando su labor con esmero y perseverancia.
Otro de los principales problemas, es que el usuario no llega a comprender la tardanza de las audiencias, siempre quieren que se les resuelva su caso rápidamente. El ciudadano desconoce que todo tiene un término y que deben esperar su turno, ya que en la actualidad, se ha incrementado el trabajo por la situación tan inestable que está viviendo el país; se ha incrementado el desempleo y es obvio que se van a incrementar las demandas. Hará unos 5 años se agregaron 2 Juntas más, porque ya teníamos demasiado trabajo, pero en realidad necesitamos más personal, es muchísimo el trabajo en las Juntas. Sin embargo, sí es necesario mencionar que los trabajadores agremiados a la sección 24 “Conciliación y Arbitraje”, tienen la camiseta bien puesta y aún con esta falta de personal, sacan el trabajo adelante, y esto, es muy admirable.
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